Derecho
Permanent URI for this collectionhttps://hdl.handle.net/11354/2816
Browse
Recent Submissions
Item Más vale prevenir que lamentar: fortaleciendo la regulación peruana de los sistemas de alerta temprana a través del marco normativo internacional sobre cambio climático(Universidad del Pacífico, 2026-03) Masumura Ynami, Dana Lorena; Granados Mandujano, MilagrosLa presente investigación analiza si la regulación peruana en materia de gestión del riesgo de desastres, específicamente en lo relativo a los sistemas de alerta temprana, incorpora estándares internacionales vinculados al cambio climático y la adaptación. En este marco, se parte del reconocimiento de los sistemas de alerta temprana como herramientas clave de adaptación, tanto a nivel internacional como nacional. El objetivo general consiste en determinar el nivel de incorporación de dichos estándares en la normativa peruana y proponer recomendaciones normativas que fortalezcan la capacidad adaptativa del país. La investigación adopta un enfoque cualitativo-descriptivo con componentes comparativos y propositivos, basado en el análisis documental de instrumentos internacionales y normativa nacional.Item El caso Cordillera Escalera y la tutela constitucional del medio ambiente: límites de la seguridad jurídica contractual frente al orden público ambiental(Universidad del Pacífico, 2026-03) Florindez Solano, Claudia CristinaExpediente: 03343-2007-PA/TC. Tipo de proceso: Proceso de amparo. Demandante: Jaime Hans Bustamante Johnson. Demandados: Occidental Petrolera del Perú, LLC Sucursal del Perú, antes Occidental Petrolera del Perú, Inc., Sucursal del Perú (OXY), Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú (Repsol), Petrobrás Energía Perú S.A. (Petrobrás). Terceros con interés: Ministerio de Energía y Minas (MINEM) - Litisconsorte pasivo necesario. Gobierno Regional de San Martín (GORE SM) – Litisconsorte facultativo. Fecha de la demanda: 13 de octubre de 2006. Pretensión: Reponer “el estado de las cosas hasta el momento en que se inició la amenaza de violación de los derechos y se suspenda la exploración y explotación de hidrocarburos” en el Área Natural Protegida (ANP) Área de Conservación Regional Cordillera Escalera (ACR CE). Primera instancia: Juzgado Especializado en lo Civil de San Martín – Tarapoto, que declaró infundada la demanda. Segunda instancia. Primera Sala Mixta Descentralizada de la Corte Superior de Justicia de San Martín (la Sala) confirmó la decisión de primera instancia y declaró infundada la demanda. Revisión constitucional: Recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de amparo y ordenó la suspensión inmediata de la fase final de exploración y de la etapa de explotación en el ACR CE hasta la aprobación del Plan Maestro, siempre que sea compatible con los objetivos del área. Actuaciones posteriores: El Pleno del TC declaró improcedentes las solicitudes de aclaración presentadas y precisó que la suspensión se limita a la quinta fase de exploración dentro del ACR CE, debiendo aprobarse el Plan Maestro en un plazo no mayor a 12 meses.Item Apalancar sin quebrantar: análisis de validez de las operaciones de Leveraged Buyout en el Perú bajo el artículo 106 de la Ley General de Sociedades(Universidad del Pacífico, 2026-03) Tejada Frisancho, Victor Andrés; Thorndike Piedra, Thomas AlexanderEste trabajo analiza si las operaciones de Leveraged Buyout (LBO) pueden implementarse válidamente en el Perú pese a la prohibición de asistencia financiera del artículo 106 de la Ley General de Sociedades (LGS), delimitando su alcance, las estructuras compatibles y una propuesta de reforma para un marco más seguro y eficiente. Para ello, desarrolla un análisis doctrinal del artículo 106 de la LGS, ordena pruebas funcionales sobre el nexo causal y el interés social, revisa las estructuras típicas de LBO empleadas en el Perú, y contrasta la evidencia de la práctica local, a partir de lo cual propone un modelo de autorización condicionada. Los resultados muestran que un LBO es válido: (i) cuando la financiación es externa y la compañía objetivo se mantiene aislada hasta el cierre; (ii) cuando existe un beneficio corporativo verificable con salvaguardas para minoritarios y acreedores; y (iii) cuando se evita cualquier nexo causal entre recursos de la objetivo y el precio o el servicio inmediato de la deuda. Además, se proponen criterios operativos y una reforma del artículo 106 de la LGS orientada a autorizaciones ex ante.Item Informe de opinión respecto de los documentos que conforman el expediente judicial N° 00583-2019-0-1817-SP-CO-02(Universidad del Pacífico, 2025-12) Inti Aguilar, Jean Estefano LuisEl presente informe analiza el Expediente Judicial N° 00583-2019-0-1817-SP-CO-02, referido al recurso de anulación del laudo interpuesto por Enel Generación Perú S.A.A. contra Empresa de Electricidad del Perú S.A. El objeto de la investigación es determinar si el Poder Judicial determinó correctamente que el laudo arbitral respetó los principios de congruencia y derecho de defensa, conforme al marco normativo y jurisprudencial peruano. La metodología empleada consistió en una revisión del expediente judicial, que a su vez contiene los principales actuados del expediente arbitral; así como también, un análisis principalmente jurisprudencial y luego doctrinal, que permitan determinar si la posición de la sala comercial que conoció del recurso de anulación fue acertada. Los resultados obtenidos evidencian que, correctamente, la mencionada sala analizó que el tribunal arbitral resolvió sobre lo efectivamente debatido por las partes, aplicando un criterio sustantivo sobre la pretensión y garantizando el contradictorio. Asimismo, se concluye que el recurso de anulación no puede constituir una segunda instancia ni habilita al Poder Judicial para revisar el fondo del laudo.Item Informe jurídico sobre el expediente administrativo No. 152129-2024-MTPE/1/20.2(Universidad del Pacífico, 2026-01) Lizárraga Ferrer, Marco Antonio; Narcizo Robles, Gonzalo AlonsoEl presente informe jurídico examina el Expediente No. 152129-2024-MTPE/1/20.2, sobre la solicitud de terminación objetiva de los contratos de trabajo de la Compañía Minera Las Camelias S.A., mediante la cual el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo analizó la concurrencia de las causales económicas y estructurales para la aprobación de la solicitud. El caso es importante, ya que permite analizar las características de una crisis económica que sea válida para la finalización del vínculo laboral con un grupo de trabajadores, y el estado de necesidad que te permite introducir cambios organizacionales en una empresa. La metodología utilizada consistió en el análisis normativo y doctrinario del marco legal aplicable, así como en la evaluación crítica de los pronunciamientos emitidos durante el procedimiento administrativo. Además, se revisaron los principales precedentes y doctrina de la materia. El análisis desarrollado permitió concluir que, por un lado, la Compañía demostró la concurrencia de los elementos necesarios para la aceptación de la medida. De esta forma, la decisión adoptada por la Dirección General de Trabajo no es acorde a las exigencias solicitadas para esta medida. Por otro lado, se concluyó que la Compañía cumplió con la obligación de informar a los trabajadores sobre la medida y se respetaron las exigencias de la etapa pre administrativa. Ante ello, se debió aprobar la solicitud de la Compañía por cumplir con los requisitos de forma y fondo; por lo que, el presente caso demuestra la problemática existente sobre los ceses colectivo que a pesar de contar con sustentos válidos no consiguen ser aprobados.Item Reversión de pagos e incumplimiento del deber de idoneidad: el consumidor ante errores operativos del proveedor financiero(Universidad del Pacífico, 2025-04) Alvarado Mayor, Pamela MargotEl presente informe analiza un procedimiento administrativo sancionador iniciado ante la Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI, en el cual se denunció al Banco GNB Perú S.A. por presuntas infracciones al deber de idoneidad y al derecho a la información, a raíz de la reversión de una amortización hipotecaria realizada con fondos de la AFP del denunciante. El caso gira en torno a la validez jurídica de dicha reversión, la responsabilidad del banco en la verificación previa de requisitos normativos, y el rol de la AFP en la generación de expectativas erróneas mediante comunicaciones publicitarias. La metodología utilizada consistió en el análisis normativo y doctrinario del marco legal aplicable (Ley N.º 29571, Ley N.º 27444 y Resolución SBS N.º 3663-2016), así como en la evaluación crítica de los argumentos esgrimidos en las resoluciones de primera y segunda instancia de INDECOPI. Asimismo, se empleó la revisión de precedentes sancionadores y doctrina sobre confianza legítima, buena fe, idoneidad y publicidad engañosa por omisión. Se concluye que la actuación del banco vulneró la confianza legítima del consumidor y no encontró respaldo en el contrato de crédito hipotecario. Igualmente, se advierte corresponsabilidad por parte de la AFP. Aunque no se acreditó daño patrimonial directo, se identificaron fallas sistémicas en la coordinación entre entidades que justificaron el inicio del procedimiento sancionador.Item ¿A quién acudir? Un análisis sobre la potencial duplicidad de sanciones por la falta de obtención del consentimiento para el envío de publicidad comercial(Universidad del Pacífico, 2025-02) Figueroa Sebastian, Renata Ximena; Zumaeta Castro, FiorellaEn el marco del ordenamiento jurídico peruano, el envío de comunicaciones comerciales sin el consentimiento libre, previo, informado, expreso e inequívoco del destinatario constituye una infracción sancionable tanto por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, conforme a lo establecido en la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, como por el INDECOPI, en virtud de lo dispuesto en el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Esta doble regulación ha generado cuestionamientos respecto de una posible vulneración del principio non bis in ídem, así como de la competencia del INDECOPI para sancionar el envío de comunicaciones comerciales no consentidas. No obstante, hasta la fecha, las respuestas brindadas por ambas autoridades para rechazar estos cuestionamientos han carecido de profundidad y de un desarrollo argumentativo sólido. En ese sentido, la presente tesis tiene como objetivo analizar si la sanción al envío de comunicaciones comerciales sin el consentimiento podría constituir una vulneración al principio non bis in ídem, considerando la concurrencia de los tres elementos que lo constituyen: identidad de sujeto, de hecho y de fundamento. Especialmente, el análisis se centrará en la identidad de fundamento, con el propósito de determinar cuál es el bien jurídico tutelado por el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Para ello, se empleará una metodología cualitativa, descriptiva y jurídico-empírica, que permitirá examinar tanto el desarrollo normativo en la materia como las resoluciones emitidas por ambas autoridades. A partir de las conclusiones obtenidas en el presente análisis y, de corresponder, se identificará cuál es la autoridad competente para sancionar el envío de comunicaciones comerciales no consentidas. Con ello, se busca contribuir a la consolidación de un marco jurídico peruano más coherente, uniforme y justo para los administrados.Item Informe jurídico del Expediente N° 592-15-2002-CCL(Universidad del Pacífico, 2025-10) Salas Heredia, Claudia SofíaEn el presente informe jurídico se analiza el Expediente Arbitral N° 592-15-2002 administrado por el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. La controversia versa sobre un Contrato de cesión de derechos televisivos entre dos empresas concesionarias de canales de televisión, por un lado, Andina de Radiodifusión (ATV) y, por otro lado, Compañía de Radiodifusión de Arequipa (CRASA); en el que se pactó una cláusula de exclusividad en la que las Partes se comprometieron a que la Programación de ATV sería transmitida exclusiva y excluyentemente por CRASA en los territorios del Contrato. La disputa inicia años después de la resolución del Contrato, por un reclamo de CRASA por la vulneración de la mencionada cláusula de exclusividad. Ante ello, solicita al Tribunal Arbitral que declare que ATV debe pagar una penalidad de 45’360,000.00 (Cuarenta y cinco millones trescientos sesenta mil y 00/100 Dólares Americanos) por la transmisión paralela de un programa de la programación de ATV por una tercera empresa en una de las regiones parte del ámbito territorial del Contrato, Arequipa. Es materia del trabajo analizar y comparar la decisiones emitidas en el marco de la controversia y los argumentos vertidos por las Partes en sus escritos postulatorios. Asimismo, realizar un análisis doctrinario y jurisprudencial de los temas transversales al caso arbitral que no han sido necesariamente abordados expresamente en el laudo. De manera principal, el análisis se centra en los temas de interpretación contractual, penalidades y moderación de la pena. De forma complementaria, se examinan otros aspectos de relevancia jurídica, tales como la doctrina de los actos propios, las implicancias del arbitraje de conciencia, el principio res inter alios acta y la problemática de la corrupción en el arbitraje, entre otros puntos de interés.Item Análisis del interdicto de retener como mecanismo de protección posesoria: Expediente N° 00204-2016-0-0401-JR-CI-09(Universidad del Pacífico, 2025-08) Reyes Meléndez, Fernando Lenin; Ravina, RaúlEl presente informe analiza el interdicto de retener como mecanismo de protección posesoria en el ordenamiento jurídico peruano, teniendo como base el expediente N° 00204-2016-0-0401-JR-CI-09. El objetivo del presente informe fue identificar los criterios normativos, jurisprudenciales y doctrinarios que fundamentan su aplicación, así como evaluar la eficacia de los medios probatorios empleados en estos procesos. Se analizaron los hechos del caso, la normativa procesal pertinente y los argumentos de las partes, con el fin de evaluar la consistencia de las decisiones judiciales adoptadas en primera y segunda instancia. Dentro de los resultados, se determinó que la carga probatoria recae en el demandante, quien debe demostrar su posesión efectiva y los actos perturbatorios sufridos. Además, se constató que la falta de pruebas históricas puede debilitar la presunción de continuidad posesoria, afectando la viabilidad del interdicto. También se evidenció la necesidad de uniformizar criterios jurisprudenciales para evitar interpretaciones dispares que generen incertidumbre jurídica. Se concluyó que el interdicto de retener es un instrumento esencial para la tutela de la posesión, pero su aplicación efectiva depende de una adecuada estrategia probatoria y de la correcta interpretación judicial de los hechos.Item Informe jurídico sobre el expediente N.º 499715-2012/DSD Bares Peruanos S.A.C. Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI(Universidad del Pacífico, 2025-09) Valdivia Vergara, Cesar Daniel; Blanco Vasquez, Luis AlonsoEl presente informe jurídico examina el Expediente N.° 499715-2012/DSD, sobre la solicitud de registro de la marca mixta “PEÑA DEL CARAJO! JUERGA PERUANA”, a fin de determinar si el signo solicitado se encuentra comprendido dentro de las prohibiciones absolutas previstas en la normativa marcaria, específicamente en lo concerniente a la ley, moral, orden público y buenas costumbres. La investigación adopta un enfoque jurídico–dogmático, sustentado en el análisis de las resoluciones emitidas por el Indecopi en primera y segunda instancia, así como en la valoración crítica de su voto en discordia. El núcleo del estudio se centra en la interpretación de los conceptos mencionados anteriormente y su correcta aplicación en el caso concreto. Este análisis demuestra que la registrabilidad de signos controvertidos exige un examen tanto conceptual como casuístico, en el que los parámetros de la ley, la moral, el orden público y las buenas costumbres se encaminen, en la medida de lo posible, hacia criterios de análisis estandarizados, pero necesariamente aplicados con referencia a los hechos concretos de la realidad. De este modo, se concluye que registrar la marca “PEÑA DEL CARAJO! JUERGA PERUANA” resulta jurídicamente viable, pues no contraviene las disposiciones previstas en el literal p) del artículo 135 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina en el marco específico de los servicios de entretenimiento.Item Análisis jurídico del caso de la resolución N.° 1723-2023/SPC-INDECOPI: evaluación de cláusulas abusivas, responsabilidad del gerente general y el potencial impacto de un programa de compliance en la protección al consumidor(Universidad del Pacífico, 2025-08) Carbajal Carbajal, Nicole ClarisseEl presente trabajo analiza la Resolución N.° 1723-2023/SPC-INDECOPI, con relación al Expediente 0090-2020/CC2 iniciado a partir de la denuncia presentada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash contra Comercial Mont Sociedad Anónima Cerrada y Pedro Nolasco Mont Koc, quien era el Gerente General de la compañía denunciada. La denuncia se centró en dos aspectos: (i) si las cláusulas cuestionadas podían ser calificadas realmente como abusivas en virtud de los artículos 49 al 52 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, y (ii) la posible responsabilidad solidaria del gerente general de acuerdo con el artículo 111 del mismo cuerpo normativo. En primera instancia, la Comisión declaró fundada en parte la denuncia respecto de las cláusulas, pero desestimó la imputación contra el gerente general al no acreditarse dolo o culpa inexcusable. En segunda instancia, la Sala revocó parcialmente lo resuelto y, mediante la Resolución N.° 1723-2023/SPC-INDECOPI, confirmó que algunas cláusulas eran abusivas y atribuyó responsabilidad solidaria al gerente general. Este caso pone en debate la delimitación precisa de lo que se considera una cláusula abusiva, así como la coherencia en la aplicación de la responsabilidad administrativa de los directivos en el contexto del procedimiento sancionador. El presente informe analizará tres problemas principales: en primer lugar, en la valoración que realiza la Sala sobre cuáles cláusulas que podrían clasificarse como abusivas de acuerdo con las normas y jurisprudencia; en segundo lugar, en la interpretación y alcance de la responsabilidad administrativa de los administradores en relación con la infracción de normativas de protección al consumidor; y, en tercer lugar, en el examen de la implementación de un programa de cumplimiento en materia de protección de datos personales. En este sentido, el expediente ofrece un nivel de discusión considerable sobre la correcta aplicación de las normas de protección, los límites de la responsabilidad de los administradores, así como la necesidad de garantizar, por un lado, la tutela efectiva de los consumidores en las relaciones de consumo y, por otro, la seguridad jurídica de las acciones de quienes dirigen las empresas.Item Un compromiso con el derecho a la salud de la mujer: el rol de la visibilización normativa en la prevención de la violencia obstétrica(Universidad del Pacífico, 2025-07) Requejo Espinoza, Myriam del Carmen Milena; Ruiz Vélez, Alejandra Guadalupe; Velazco Ramos, Carmen BeatrizLa violencia obstétrica es una manifestación de violencia de género que vulnera el derecho a la salud de las mujeres durante el embarazo, parto y posparto. En el Perú, su falta de reconocimiento legal explícito contribuye a su normalización en los servicios de salud, lo que dificulta su prevención, sanción y supervisión. La presente tesis analiza el impacto de la visibilización normativa como herramienta para enfrentar esta problemática y su papel en la tutela efectiva del derecho a la salud de las mujeres en Lima Metropolitana. Se utiliza una metodología cualitativa mediante entrevistas semiestructuradas a mujeres mayores de edad que recibieron atención durante el trabajo de parto en establecimientos de salud públicos o privados, así como a profesionales del sector. El análisis temático permitió identificar prácticas recurrentes de atención deshumanizada, intervenciones sin consentimiento y desconocimiento del concepto de violencia obstétrica, tanto en usuarias como en el personal médico. Los resultados reflejan una percepción compartida sobre el incumplimiento sistemático de los derechos de las mujeres durante el parto. Asimismo, se evidencia consenso en la necesidad de regulación explícita que permita difundir información sobre esta forma de violencia y promover su erradicación. Por tanto, se propone la figura de visibilización normativa como guía para la legislación, los protocolos de atención y la formación médica, a fin de garantizar mecanismos efectivos de protección y una atención obstétrica libre de violencia.Item Informe respecto al procedimiento administrativo sancionador contenido en el expediente administrativo N° 011-2014-CPC-INDECOPI-Ica(Universidad del Pacífico, 2025-08) Alvarez Calderon, Sergio AndresEl presente trabajo realiza un estudio del Expediente Administrativo N°011-2014-CPC-INDECOPI-ICA el cual gira en torno a una sanción impuesta a un proveedor por la presunta infracción de los Artículos 25 y 30 del Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código) que fue posteriormente revocada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor (en adelante, la Sala) del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (en adelante, el Tribunal) al no haberse acreditado la responsabilidad del denunciado. Mediante un análisis doctrinal y jurisprudencial del mismo, se concluyó que la posición de la Sala fue acertada y conforme a las fuentes consultadas respecto del principio non bis in ídem y la responsabilidad administrativa de los proveedores respecto a la inocuidad de los alimentos. Sobre las cuestiones jurídicas relevantes identificadas, se ha determinado que un procedimiento penal archivado sí puede considerarse como una afectación al principio al ser cosa decidida. Además, existe una responsabilidad de las partes por acreditar por los medios necesarios lo alegado por cada una, especialmente el proveedor que busque exonerarse de responsabilidad. Finalmente, es posible considerar emplazar al fabricante del producto por cuanto es proveedor y, de existir las circunstancias, deberá demostrar que no es sancionable por el estado del producto.Item Informe sobre el expediente N° 11689-2009-0-1817-JR-CO-05(Universidad del Pacífico, 2025-09) La Rosa Krüger, AraceliEste informe jurídico tiene por objeto examinar el Expediente N° 11689-2009-0-1817-JR-CO-05 (el “Expediente”), vinculado con la controversia en torno a la impugnación de algunos acuerdos tomados en la junta general de accionistas de Drocimsa Construcciones S.A. celebrada el 15 de setiembre de 2009, por la presunta afectación al derecho de información del accionista, Carlos Eduardo Larraruri Verand, así como la solicitud judicial de ejecutar una auditoría externa integral de Drocimsa. Para la elaboración del presente informe, se evaluaron los documentos que conforman el Expediente (actas, cartas notariales, sentencias y demás elementos procesales) y, en ese contexto, se realizó un análisis doctrinario sobre la normativa societaria aplicable para determinar: (i) la existencia de una posible vulneración del derecho de información del señor Carlos Eduardo Larrauri Verand; (ii) la validez de los acuerdos tomados en la junta general de accionistas antes mencionada; y, (iii) la procedencia de una auditoría externa vía judicial.Item La desconexión laboral como derecho constitucional: retos y limitaciones en su regulación(Universidad del Pacífico, 2025-03) Ramirez Alvarez, Cariel Emilse; Correa Urviola, Jenny Etsuko; Toyama Miyagusuku, JorgeLa presente investigación aborda el derecho a la desconexión laboral como una manifestación del derecho al descanso en el contexto de la era digital. Se parte de la premisa de que la hiperconectividad derivada del uso intensivo de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) ha difuminado los límites entre la jornada laboral y el tiempo personal, afectando la salud física y mental de los trabajadores. El objetivo principal de la tesis es determinar la mejor forma de incorporar el derecho a la desconexión en el ordenamiento jurídico peruano, construyendo y definiendo su contenido desde una perspectiva constitucional y laboral. Para ello, se empleó una metodología cualitativa de tipo dogmático-propositivo. Se realizó un análisis normativo y doctrinario de la legislación nacional e internacional, así como un estudio comparado de modelos regulatorios en países europeos y latinoamericanos. La investigación también incluyó el análisis de casos concretos y la identificación de conflictos entre el poder de dirección del empleador y el derecho al descanso del trabajador. Como resultado, se concluye que la regulación actual es insuficiente, al estar centrada únicamente en los teletrabajadores. Por tanto, se propone una norma específica que reconozca y regule integralmente el derecho a la desconexión, incluyendo excepciones justificadas, mecanismos de supervisión y sanción, así como vías procesales para su protección. Finalmente, se plantea que garantizar este derecho no solo mejora el bienestar laboral, sino que también contribuye a una mayor productividad y sostenibilidad empresarial.Item La asistencia consular en el Perú: análisis del régimen jurídico vigente, vacíos normativos y propuestas de reforma para su fortalecimiento institucional(Universidad del Pacífico, 2025) Gallardo Garrath, Martin; Zelada, Carlos J.En esta investigación analizo el régimen jurídico, institucional y operativo de la asistencia consular en el Perú, y planteo la siguiente pregunta: ¿en qué medida el actual régimen jurídico peruano permite una implementación eficaz, oportuna y coherente de la asistencia consular como función sustantiva del Estado y mecanismo de protección de los derechos fundamentales de los nacionales en el extranjero? La hipótesis que guía este estudio sostiene que el marco normativo e institucional vigente presenta limitaciones significativas —tanto en su diseño como en su aplicación— que impiden el pleno desarrollo de una política consular moderna, garantista y alineada con los estándares del Derecho Internacional contemporáneo.Item Análisis de las reformas respecto a las medidas cautelares en arbitrajes de contrataciones del Estado, en la nueva ley de contrataciones públicas(Universidad del Pacífico, 2025-01) Chávez Málaga, Silvana Lucia; Soria Aguilar, Alfredo F.El presente trabajo tiene como finalidad determinar qué tan necesarias son las reformas planteadas en la nueva Ley de Contrataciones Públicas a la regulación del otorgamiento de medidas cautelares en los arbitrajes en los que el Estado es parte, en base al análisis de la problemática actual. En ese sentido, se utilizó una metodología de enfoque mixto, visibilizando casos en los cuales los actores involucrados consideran que se han dictado medidas cautelares problemáticas, así como contrastando estas posturas con la nueva normativa, a efectos de determinar las implicancias prácticas que estas modificaciones tendrían, y si satisfarían la finalidad de tutela jurisdiccional efectiva que tiene la figura jurídica de las medidas cautelares. Los problemas encontrados van desde el -indebido- otorgamiento de medidas cautelares, hasta la utilización del control difuso, con respecto a la contracautela. Se concluye que las reformas de la nueva ley podrían llegar a optimizar el funcionamiento de las medidas cautelares en los arbitrajes en los cuales el Estado es parte; aunque también quedan algunos aspectos sin resolver. En ese sentido, será importante ver si, en la práctica, la aplicación de la nueva normativa, en conjunto, será capaz de mitigar estos problemas.Item Informe del expediente 200-2011/CEB-INDECOPI: denuncia contra una ordenanza municipal que regula y prohíbe el consumo de tabaco en espacios públicos cerrados por configurar una barrera burocrática ilegal y carente de razonabilidad(Universidad del Pacífico, 2025-06) Escudero Gómez, Dora MaríaEl presente informe aborda el procedimiento administrativo iniciado tras la denuncia interpuesta por las empresas United Disco y Gothic Entertainment en contra de determinadas medidas contenidas en la Ordenanza Municipal No. 349-MM emitida por la Municipalidad Distrital de Miraflores que establecían la prohibición de fumar en “espacios públicos cerrados” bajo la definición prevista en la mencionada Ordenanza Municipal. En el procedimiento seguido ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI, los Denunciantes señalaron que las medidas denunciadas constituían una barrera burocrática ilegal pues la Municipalidad Distrital de Miraflores (i) no contaba con competencias para regular la definición de “espacios públicos cerrados” en dicha Ordenanza Municipal y que, aun en ese supuesto, (ii) la definición planteada era contraria al marco legal aplicable. Por su lado, la Municipalidad Distrital de Miraflores, en su calidad de denunciada, y el Ministerio de Salud, como tercero administrado incorporado al procedimiento, sostuvieron ante INDECOPI que la entidad municipal sí contaba con facultades legales para regular dicha definición. Finalmente, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas y la Sala de Defensa de la Competencia, en primera y segunda instancia respectivamente, se pronunciaron sobre el fondo de la controversia. La primera instancia resolvió declarar fundada la denuncia al considerar que la Municipalidad Distrital de Miraflores no contaba con competencias legales para regular la mencionada definición. No obstante, en segunda instancia dicha decisión fue revocada por la Sala tras determinar que la definición de “espacios públicos cerrados” emitida por el MINSA y replicada por la Municipalidad Distrital de Miraflores no era contraria al marco legal aplicable.Item En gustos y colores, no sólo deciden los proveedores: una mirada alternativa al caso de “La Rosa Náutica” ante el INDECOPI(Universidad del Pacífico, 2025-03) Zacarias Azcona, Victor ManuelEn el presente trabajo se analiza la Resolución N° 2758-2019/SPC (en adelante, la “Resolución INDECOPI”) que declaró fundada la denuncia de discriminación interpuesta contra el restaurante “La Rosa Náutica” (en adelante, “LRN”) por la entrega de Cartas-Menú de manera diferenciada a los hombres y mujeres que acudían a dicho establecimiento. Mediante la Resolución INDECOPI, se determinó que esta política comercial se basaba en una presunción generalizada de que las mujeres siempre serían las invitadas a una celebración y que nunca asumirían el costo del consumo. En consecuencia, se concluyó que no existía una causa objetiva y razonable que justificara este trato diferenciado. En ese contexto, este trabajo pretende discutir si, para el análisis de la conducta denunciada, resultaba necesario conocer si es que la política comercial en controversia se encontraba sustentada en los usos y costumbres del sector gastronómico en el que opera LRN y, de ser así, si es que dicha política podría ser tolerada y permitida por la normativa de protección al consumidor. Para tal efecto, se abordará el contenido del servicio de restauración y el rol que cumplen las preferencias y tradiciones de los consumidores que buscan acceder a este tipo de servicio. Ello, con la finalidad de determinar cómo estas realidades comerciales y sociales interactúan con el marco normativo establecido en la Ley N° 29571, Código de Defensa y Protección al Consumidor (en adelante, el “Código de Consumo”). Tras esta evaluación, se busca que el lector obtenga una visión más realista y completa del presente caso, permitiéndole reflexionar sobre cuál debería haber sido, en su opinión, la decisión final que correspondía adoptar en la vía administrativa.Item Informe de opinión respecto de los documentos que conforman el expediente N° 394-2009/CCOINDECOPI-03-14(Universidad del Pacífico, 2025-05) Tamayo Grados, Maria ClaudiaEl presente informe jurídico versa sobre el Expediente N° 394-2009/CCO-INDECOPI-03-14, el cual aborda un procedimiento de reconocimiento de créditos en el marco de un procedimiento concursal preventivo ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (“Indecopi”). A través de la presentación de una solicitud de reconocimiento de créditos, el supuesto acreedor pretendió que se le reconozca la titularidad de una acreencia ascendente a USD 800,000.00 (Ochocientos mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) por el solo mérito de presentar un laudo arbitral consentido. En este contexto, la Comisión de Procedimientos Concursales del Indecopi evaluó la existencia, el origen, la titularidad y la cuantía del crédito objeto de emplazamiento por el solicitante y, por existir elementos de juicio suficientes que generaron dudas sobre el crédito objeto de emplazamiento, dispuso la interposición de una demanda de nulidad de cosa juzgada contra el referido laudo arbitral, lo cual fue posteriormente confirmado por el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Indecopi. En virtud de lo anterior, el informe jurídico se centra en aspectos referentes al reconocimiento de crédito y a la viabilidad jurídica de que la autoridad concursal haya dispuesto la interposición de una demanda de nulidad de cosa juzgada contra el laudo arbitral.